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Somos un equipo de Licenciados universitarios - Técnicos Superiores especialistas en Sanidad Ambiental y en Salud Pública

NUESTRO SERVICIO

  • - Aporta seguridad jurídica al titular
  • Facilita la implantación de este modelo de gestión que es de obligado cumplimiento en las piscinas de uso público.
  • Incluye el aprendizaje y entrenamiento para el correcto manejo de los protocolos de autocontrol de la piscina.
  • La formación se realiza en la propia instalación del cliente y está dirigido al titular y/o sus operarios.

CARACTERÍSTICAS Y CLASIFICACIÓN

  • Piscinas públicas municipales
  • Centros deportivos, Gimnasios, Spas
  • Hoteles y Campings
  • Alojamientos turísticos y Casas rurales
  • Centros sanitarios con piscinas terapéuticas
  • Colegios y Residencias
  • Piscinas de Comunidades de Propietarios


DESTRUIMOS EL COVID-19 EN SU ESTABLECIMIENTO



SOMOS TITULADOS SANITARIOS ESPECIALIZADOS,ESTAMOS AUTORIZADOS POR EL MINISTERIO DE SANIDAD PARA DESINFECTAR

ENTREGAMOS CERTIFICADO LEGAL Y ACREDITADO PARA SU EXHIBICIÓN A LA CLIENTELA

NO SE DEJE ENGAÑAR POR EMPRESAS DE LIMPIEZA, O POR TRATAMIENTOS CON OZONO. ¡NO MATAN EL COVID-19!

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AMENESCAL S.L.
96 642 08 69 / 687 76 55 53 / 687 76 55 54

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Confeccionamos los protocolos de autocontrol a su medida, de acuerdo a legislación vigente, clasificación y características de su piscina.

Elaboramos los protocolos de acuerdo al R.D. 742 /2013 de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico sanitarios de las piscinas y demás Normativas de piscinas (Calidad del agua de piscinas, Normas Autonómicas de piscinas, Productos químicos para piscinas. Análisis de agua de piscinas, etc.)

CONVOCATORIA ABIERTA: 2022


Cursos con Certificado de profesionalidad de Mantenimiento de piscinas y otras instalaciones acuáticas. Nivel 2. SEA757_2


Curso bonificable a través de FUNDAE
Más fácil que nunca, ahora sí que sí, no tienes excusa para formarte.
¡Consúltanos!
Acreditado conforme a la normativa vigente de piscinas (Decreto Valenciano 85 / 2018 y R.D. 742 / 2013), que es oficial y válido ante las Autoridades Sanitarias (inspecciones de Sanidad), Empresas de mantenimiento, Administradores de fincas, Comunidades de propietarios, Ayuntamientos, etc.
a este email: info@amenescal.es ó por whatsapp (687765553 / 687765554) o Para poder registrarse al curso por favor inscribirse a través de en nuestra página web: www.piscinasautocontrol.es
MATERIA FORMATIVA QUE SE IMPARTE .
Es la exigida por Sanidad (Anexo II Decreto 85/2018), Se incide especialmente en cómo les afecta a su quehacer diario.
y además:
  • Analíticas y mediciones en el agua: interpretación de los resultados y acciones correctoras.
  • Química del agua y sustancias químicas añadidas: el porqué de sus efectos. Preparar diluciones.
  • Programa de autocontrol de las piscinas.
  • Inspecciones de sanidad: Dominio de las evidencias documentadas que se han de presentar cumplimentadas y al día para evitar sanciones y requerimientos.
  • Novedades legislativas: Las responsabilidades del personal de mantenimiento y las de los titulares de las piscinas.
  •  
     

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    Acreditados conforme normativa vigente de piscinas
    Dirigido a:
    Personal laboral en activo que requiere renovación del título, (operarios municipales, etc)
    Personal laboral (conserjes, jardineros...) que necesitan acreditar su formación
    Personas que se están iniciando para desarrollar su trabajo en este campo

    CURSOS PRESENCIALES (INSITU o INCOMPANY)


    Realizamos cursos en la provincia de Valencia y Castellón, puedes acudir a nuestros centros o nos acercamos a los vuestros.
    Formación teórico-práctica sobre:
    Control de las piscinas, mantenimiento y limpieza
    Química del agua
    Calidad del agua: analíticas y gestión de los programas de autocontrol de piscinas
    Inspecciones de sanidad: Dominio de las evidencias documentadas que se han de presentar cumplimentadas y al día para evitar requerimientos y sanciones por parte de la autoridad sanitaria.

    Llámanos

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    PROPIETARIOS DE PISCINAS
    (Normativa Vigente)

    INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA:
    - PRESIDENTES DE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS CON PISCINAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
    - ADMINISTRADORES Y GESTORES DE ESTAS COMUNIDADES

    La nueva regulación autonómica en materia de piscinas viene constituida por Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública
    DECRETO 85/2018, de 22 de junio, del Consell, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios aplicables a las piscinas de uso público. Esta disposición establece los criterios higiénicos sanitarios que regulan el tratamiento y el control de la calidad sanitaria del agua de las piscinas de la Comunidad valenciana.

    MÁS INFORMACIÓN
     




    • Se encargarón de realizar todos los trámites de adecuación del protocolo autocontrol para piscinas ante la Autoridad Competente de Inspección y la Consejería de Sanidad de la CC.AA
      - Joan Avina
    • Grandes profesionales, nos asesoraron en todo momento y pudimos mejorar  la situación de la piscina para uso público perfectamente regularizada
      - Gordon Dale
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    NOVEDAD LEGISLATIVA EN LA COMUNIDAD VALENCIANA: con fecha 04 Julio 2018 acaba de ser publicado en el DOGV:


    DECRETO 85/2018, DE 22 DE JUNIO, DEL CONSELL, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS HIGIÉNICO-SANITARIOS APLICABLES A LAS PISCINAS DE USO PÚBLICO.

    Real Decreto 742/2013

    Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas.


    Con respecto a la homologación de productos para el tratamiento del agua de piscinas y debido a la publicación del Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre Archivo pdf. Se abrirá en una ventana nueva., se informa lo siguiente:

    1SOBRE LOS TITULARES:
    Artículo 2, pto 8:
    TITULAR: Persona física o jurídica, pública o privada o comunidad de propietarios que sea propietaria de la piscina, responsable del cumplimiento de este real decreto.
    2SOBRE LA CALIDAD DEL AGUA DEL VASO DE CUALQUIER PISCINA YA SEA DE USO PÚBLICO Ó DE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS INSTALADA EN EL TERRITORIO ESPAÑOL
    Artículo 10.
    1. El agua del vaso deberá estar libre de organismos patógenos y de sustancias en una cantidad o concentración que pueda suponer un riesgo para la salud humana, y deberá cumplir con los requisitos que se especifican en el anexo I. El agua del vaso deberá contener desinfectante residual y tener poder desinfectante.
    2. El aire del recinto de los vasos cubiertos o mixtos y en las salas técnicas, no deberá entrañar un riesgo para la salud de los usuarios y no deberá ser irritante para los ojos, piel o mucosas y deberá cumplir con los requisitos que se especifican en el anexo II.
    3SOBRE LA INFORMACIÓN EXPUESTA AL PUBLICO EN TODAS LAS PISCINAS, YA SEAN DE USO PÚBLICO Ó DE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS
    Artículo 14. Información al público.
    El titular de la piscina pondrá a disposición de los usuarios en un lugar accesible y fácilmente visible, al menos, la siguiente información:

    d) Información sobre las sustancias químicas y mezclas utilizadas en el tratamiento.
    f) Las normas de utilización de la piscina y derechos y deberes para los usuarios de la misma.


    4SOBRE LA INFORMACIÓN EXPUESTA AL PUBLICO EN TODAS LAS PISCINAS DE USO PÚBLICO
    El titular de la piscina pondrá a disposición de los usuarios en un lugar accesible y fácilmente visible, al menos, la siguiente información:

    a) Los resultados de los últimos controles realizados (inicial, rutina o periódico), señalando el vaso al que se refieren y la fecha y hora de la toma de muestra. Estos análisis se expondrán al público en cuanto el titular de la piscina obtenga los resultados.
    b) Información sobre situaciones de incumplimiento del anexo I o II, las medidas correctoras así como las recomendaciones sanitarias para los usuarios en caso de que hubiera un riesgo para la salud.
    c) Material divulgativo sobre prevención de ahogamientos, traumatismos craneoencefálicos y lesiones medulares. En el caso de las piscinas no cubiertas además dispondrá de material sobre protección solar.
    d) Información sobre las sustancias químicas y mezclas utilizadas en el tratamiento.
    e) Información sobre la existencia o no de socorrista y las direcciones y teléfonos de los centros sanitarios más cercanos y de emergencias.
    f) Las normas de utilización de la piscina y derechos y deberes para los usuarios de la misma.

    O llámanos

    687 76 55 53

    687 76 55 54


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